Los contratos de CAMBIO DE FUTURO POR FISICO e INTERCAMBIO DE RIESGO DE CRÉDITO POR FUTUROS permiten otras alternativas a la hora de tomar coberturas.
Estas modalidades de registración comprenden la registración un contrato de futuro u opción de un Mercado garantizado, y la realización en forma simultánea de una operación inversa de un contrato bilateral (OTC), por el mismo volumen del subyacente del Futuro u Opción.
Desde el 2006 el MATba ofrece el contrato de Cambio de Futuro por Físico (CFF), un contrato que permite reemplazar un contrato de Futuro por un contrato OTC de forward o disponible.
En 2018 comienza a negociarse también la operación inversa: el Intercambio de Riesgo Crédito (IRC) que permite convertir una operación OTC o una operación de forward en un Futuro u Opción.
El Cambio de Futuro por Físico es la cancelación de un contrato de futuro y en simultáneo la apertura de un contrato de forward o disponible.
Esta herramienta permite a las partes decidir en forma independiente de su contraparte el momento en que quieren fijar el precio. Puede utilizarse en las operaciones comúnmente conocidas como “a fijar”. El mecanismo consiste en pactar una operación donde las partes acuerdan que el precio será fijado por cada una, comprando o vendiendo en el MATba un contrato con vencimiento para el mes de entrega de la mercadería. Luego de que ambas partes toman posición, solicitan al MATba que los contratos pasen al sistema de CFF (cambio de futuro por físico).
Desde el momento del registro y hasta que las contrapartes informen al MATba el CFF se pagarán márgenes y diferencias en forma individual. Una vez que ambas partes informan sus CFF, se devuelven los márgenes y, a partir de ese momento, no se depositan diferencias.
El Intercambio de Riesgo Crédito por Futuro es la cancelación de un contrato entre partes (OTC) en simultáneo con la registración de un contrato de futuro u opción.
Es decir, el IRCF permite liquidar contratos bilaterales intercambiándolos por una cantidad equivalente en contratos de futuros u opciones registrados en Mercado a Término de Buenos Aires S.A. quien actúa como contraparte central.
El IRCF debe ser aprobado por MATba, quien verificará que se encuadre dentro de los límites a las Posiciones Abiertas de cada agente, y verificará el depósito de los márgenes y diferencias respectivas, ya que los contratos se consolidan con el resto de la posición abierta.
La antigüedad de las operaciones bilaterales debe ser de 15 días corridos o más. El precio debe tener relación con el del contrato original y debe estar entre los precios máximo y mínimo negociados desde la apertura de esa posición.